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17.07.2008  |  EL DIARIO de Paraná
La salud de los entrerrianos, en peligro
 

El Senado de la provincia se apresta a tratar el proyecto de “Ley de Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria”, algunas de cuyas disposiciones anacrónicas llevarán, indefectiblemente, al deterioro de los conocimientos médicos y, consecuentemente, a una deficiente prestación de salud a los entrerrianos.

Régimen Escalafonario Cerrado. En su artículo 12, inciso 2, se persiste en la ratificación de un Régimen Escalafonario de concursos cerrados que impiden el ingreso de nuevos conocimientos. Similar a la vetusta Ley 4.170: “Que nadie me quite el puesto, por más méritos científicos que posea”.

En este Régimen Escalafonario se propone comenzar la carrera con el cargo de Médico Asistente al que accede, comúnmente, un profesional recién recibido. A partir de allí, nadie, que no esté ya en el

Escalafón, le podrá disputar su cargo, a este recién recibido.

Si otro entrerriano, con ansias de superación, continuó en la Facultad para adquirir mayores conocimientos y, pongamos por caso, fue laureado por sus méritos, como profesor de la Facultad o recibió el Premio Nobel, a pesar de ello, nunca tendrá la posibilidad de disputarle un concurso a ese asistente recién recibido, ni en su cargo ni en los cargos sucesivos que prevé la ley, inclusive hasta llegar a jefe de Servicio.

Este supuesto Premio Nobel entrerriano sólo podrá aspirar al escalafón inicial y a ocupar un cargo con jerarquía menor a un médico recién recibido; si se lo permiten.

Lugar De Residencia. Y digo, si se lo permiten, pues este proyecto de Ley en su arcaico artículo 4, inciso c), prescribe que, para poder postularse, el interesado debe residir en el departamento en cuyo establecimiento se produce el llamado a concurso.

La cosa se hace muy grave cuando, en su Art. 53, inciso 1, coarta la libertad aún más, al disponer que el primer llamado a concurso se restrinja a sólo los profesionales del establecimiento donde se halla la vacante.

Decadencia De Los Conocimientos. Para colmo, el Art. 30 (“Obligaciones”) peca de deficiencias riesgosas; no se le exige, a ningún profesional que se halle en el escalafón, la incorporación de nuevos conocimientos. Este proyecto de Ley les asegura su carrera, hasta Jefe de Servicio, con el sólo transcurrir del tiempo, sin necesidad de que actualice sus saberes.

Si a la pobre remuneración que perciben los profesionales de la salud, que les priva de su formación por iniciativa propia, se le agrega la falta de previsión del Estado, se cierra un círculo alarmante.

De este modo, el Médico Asistente, primer cargo del escalafón, recibirá solamente los conocimientos del Médico Adjunto y del Jefe de Servicio. Cuando este Asistente llegue a Jefe, por carácter transitivo, podrá transferir a sus subordinados, sólo los mismos saberes de su anterior Jefe. Así se cierra una rueda endógena retrógrada.

Sabemos que, en el transcurso de un año, el 10 % de los aciertos médicos cambian y, al no haber aportes externos, como ocurrirá con las disposiciones de esta Ley, el envejecimiento de los conocimientos llevará irremediablemente, en poco tiempo, a una pésima prestación médica.

Hospitales Públicos. Especialmente los estatales: es imprescindible que acrediten los mejores médicos para prestar la mejor atención de salud. Porque allí concurre el grupo poblacional más necesitado. Porque allí se deben generar las experiencias para la atención de todos los habitantes de la provincia; porque de allí saldrán los futuros dirigentes en el área de la salud, y porque allí se deberán generar proyectos de salud para toda la provincia.

SUGERENCIAS. Se hace conveniente eliminar los concursos cerrados sin alterar las jerarquías tradicionales. Y que:

a) los cargos jerárquicos (Asistente, Adjunto, Subjefe y Jefe de Servicio) tengan una duración de sólo cuatro años, a cuyo término se volverán a concursar;

b) el acceso a los cargos deba ser por concursos abiertos, para cualquier ciudadano que acredite méritos suficientes para los mismos;
c) el ‘lugar de residencia” habilite a los postulantes de cualquier parte del país (mejor, del mundo).
Las Ciencias y la Legislatura. Los legisladores deberían interrelacionarse con las universidades y con instituciones técnico-científicas (UBA, UNR, UC, UNER, INTA, INTI, entre otras), para enriquecer sus juicios con aciertos científicos, que no tienen obligación de saber a priori, pero sí de tomar conocimiento cuando los necesiten


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